RACE, despacho aduanero sin agente de aduana

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE emitió la Resolución para realizar despachos aduaneros sin un agente de aduana para facilitar el proceso: RACE.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE emitió la Resolución Nro. SENAE-DGN-2015-0840-RE del 07 de Octubre de 2015, que está dirigida a los Operadores de Comercio Exterior OCEs que deseen solicitar autorización para que un empleado suyo, en relación de dependencia, actúe como Representante Aduanero de Comercio Exterior RACE.

Concepto:

Es la persona natural, que bajo relación de dependencia del OCE, ejerce a nombre de ésta la función administrativa y operativa de gestionar ante la administración aduanera.

De manera habitual y directa, las actividades relacionadas con el despacho aduanero de mercancías de importación o exportación, sin intervención de un agente de aduana.

Sin asumir pecuniariamente el riesgo de las operaciones que promueve y concluye, ya que éstas estarán debidamente soportadas por el Operador de Comercio Exterior OCE al que pertenezca.

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Para la obtención de la autorización de RACE, el OCE deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser calificado como contribuyente especial por el Servicio de Rentas Internas;
  2. Ejercer operaciones de importaciones o de carácter mixto que involucren importaciones o exportaciones en los últimos tres años fiscales;
  3. Constar al día en sus obligaciones con el Senae y con el Servicio de Rentas Internas (SRI);
  4. No encontrarse en quiebra;
  5. No haber sido sancionado por delito aduanero y cuya sentencia haya sido ejecutoriada;
  6. Tener afiliado a su postulante ante Instituto Ecuatoriano de la Seguridad Social (IESS);
  7. Que el postulante apruebe el examen de suficiencia;
  8. Contar con un espacio físico para almacenar el archivo de gestión y cumplir con las demás disposiciones relacionadas a la custodia, manejo y conservación de la documentación; y
  9. Presentar la solicitud de postulación para la obtención de la autorización de RACE de su empleado, de acuerdo a lo establecido en la presente resolución.

El OCE es responsable de que el postulante, empleado suyo, cumpla con lo siguiente:

  1. No sea agente o auxiliar de agente aduana;
  2. No esté bajo relación de dependencia de otra persona natural o jurídica, excepto de aquellas cuya actividad es la enseñanza universitaria
  3. Tenga título profesional universitario o de nivel tecnológico refrendado el Senescyt.

Solicitud de postulación para la Obtención de la autorización de RACE:

  1. Registro Único de Contribuyente (RUC) y nombre del OCE;
  2. Nombres y apellidos completos del postulante;
  3. Número de cédula de ciudadanía ecuatoriana del postulante; para el caso de extranjeros con domicilio y residencia en el Ecuador, cédula de identidad ecuatoriana; y
  4. Número de liquidación de la tasa de postulación por cada empleado postulado, la cual deberá estar pagada.
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