[:es]Otras entidades a más del SRI podrán eximir intereses y recargos[:]

[:es]Quito.- La remisión aprobada en la Ley de Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Equidad y Equilibrio Fiscal fue uno de los capítulos que ha generado un intenso debate entre varios sectores.

Esa remisión trae un abanico de posibilidades de beneficios a deudores que deberán pagar los capitales adeudados, pero se les exime de intereses, multas y recargos. De esta manera, el Gobierno tiene posibilidad de que le ingresen recursos de manera ágil, aunque deja de percibir la parte de los recargos.

De acuerdo con el texto aprobado el jueves por la Asamblea, puede haber remisión en sectores tributarios, aduaneros, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), matriculación vehicular, Superintendencia de Compañías. Dentro de los cambios que se dieron en el primero y segundo debate se incorporaron remisiones en becas y créditos estudiantiles entregados por entidades fiscales, Senagua y el Banco Nacional de Fomento en Liquidación, y ciertas glosas de Contraloría de empleados de hospitales de Guayaquil.

Cada tema tiene sus especificidades, pero de manera general, se establece que la remisión será para intereses, multas y recargos de obligaciones generadas hasta el 2 de abril y que a los sectores de menores ingresos se les dará hasta dos años de plazo para el pago; a los de mayores ingresos se les da 90 días para el pago. En el caso de las empresas que tienen pendientes temas judiciales podrán acogerse al beneficio, siempre y cuando presenten desestimientos de los recursos judiciales. Lo mismo se aplica al Servicio de Rentas Internas (SRI).

Uno de los más críticos al tema de la remisión desde la Comisión de Desarrollo Económico fue el asambleísta Mauricio Proaño (AP), quien en sus intervenciones advirtió que sería un beneficio para las grandes empresas, como petroleras. Citando un informe técnico del Ministerio de Economía decía que el Gobierno busca recaudar unos $ 774 millones, pero también que el impacto neto al 2021 sería de unos – $ 245 millones con las medidas tributarias. La central sindical Cedocut se opone a la ley, pues considera que con esta el país perdería alrededor de $ 4.700 millones de deuda empresarial, e instó “a dejar de lado este entreguismo al sector empresarial”. Rechaza el capítulo tres, aduciendo que da luz verde para perjudicar las utilidades de los trabajadores de empresas que se beneficiarían de la remisión.

Roberto Aspiazu, director ejecutivo del Comité Empresarial Ecuatoriano, aclaró que no se están perdonando deudas en firme y que el monto del que se habla tiene que ver con procesos judiciales no resueltos que podrían durar varios años.

Pablo Guevara, miembro de la Consultora Fidesburó, explicó que a su manera de ver la ley no da mayor ventaja a los grandes empresarios, sino a los pequeños, sobre todo en cuanto al plazo y facilidades de pago de las deudas. Y explicó que existe una falla al hablar de contribuyentes que pueden beneficiarse, cuando lo correcto sería los interesados; porque así se permitiría que otra persona pague la deuda si el contribuyente no esté en el país.

Ley urgente

Aplicar de manera constante las remisiones no es correcto para Pablo Guevara de Fidesburó, pues se da un mensaje equivocado de que se puede dejar de estar al día. Para evitarlo, la Asamblea puso un candado en la ley a fin de que quienes se acojan a esta remisión no lo puedan volver a hacer en al menos 10 años.

FUENTE DIARIO EL UNIVERSO (EC)[:]

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