El sistema armonizado de designación y codificación de mercancías

Los avances de la ciencia en los dos últimos siglos han sido vertiginosos, lo que ha dado lugar al incremento productivo a nivel mundial, que se traduce en la creación de diversos tipos de mercancías, destinadas a satisfacer múltiples necesidades; su creación, genera movimientos importantes dentro del comercio internacional, considerando que ningún país es autosuficiente, por lo que, necesariamente se debe recurrir a la importación o exportación de estas mercancías. Como complemento a este crecimiento productivo, se encuentra el fortalecimiento de los medios de transporte, aéreos, marítimos, terrestres, fluviales, ferroviarios, que facilitan la ubicación de estos nuevos bienes, no únicamente en el mercado nacional, sino también en mercados internacionales.

Para dar dinámica al intercambio de mercancías, hasta enero de 1998, se contaba con la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA), que fue quedándose obsoleta por las pocas enmiendas que permitían incluir a las nuevas mercancías creadas como resultado de los avances vertiginosos de la ciencia; es así, que el Consejo de Cooperación Aduanera (OMA) tras varios años de estudio, crea una nueva nomenclatura denominada Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SADCM), que a diferencia de la NCCA, en esta sí se exigía la firma de un Convenio para quienes querían integrarse como miembros de la OMA; en este se establecía una serie de deberes y obligaciones, pero fundamentalmente, se impedía la modificación de su estructura en forma unilateral por parte de alguno de los países miembros, imponiendo de esta forma respeto a la forma en que se encontraban integradas las partidas y subpartidas de este nuevo sistema como un sistema cerrado. (Alfaro, Víctor, 1993)

Esta nueva estructura busca fundamentalmente establecer una herramienta única –lenguaje común- que contribuya al desaduanamiento de mercancías, a la generación de estadísticas correctas y finalmente a la facilitación del comercio internacional, incluyendo para ello Notas Legales de Sección, Capítulo, Partida; complementadas por Notas Explicativas, como un instrumento técnico de clasificación a nivel de partidas y subpartidas del SADCM, que amparan su aplicación entre todos los países miembros de la OMA y que da lugar a la clasificación de las mercancías en una sola posición.

Esta estructura incluye además seis reglas generales interpretativas, que constituyen la norma que facilita el clasificar la diversidad de mercancías considerando su forma de presentación ante la administración aduanera.

La nomenclatura del SADCM, es la enumeración descriptiva, ordenada y metódica de mercancías, creada según reglas o criterios técnico jurídicos, que forman un sistema completo de clasificación, la misma que es polivalente, por el uso que se da para la implementación de la política económica arancelaria y para la generación de datos estadísticos que contribuyan a solventar requerimientos de información relativa a transacciones del comercio internacional, lo que permite contar con datos estadísticos precisos sobre los cuales los gobiernos pueden tomar decisiones de carácter arancelario, para arancelario y comerciales en los países miembros de la OMA; complementariamente contribuye para la ejecución de estudios o proyectos realizados por parte del sector privado y se constituye en un valioso instrumento para la recaudación aduanera. (Jeréz, 2007)

Al interior de su estructura, se encuentran mercancías en relación de su origen o de su materia (animal, vegetal, mineral); de su naturaleza y/o de sus características naturales; del grado de preparación o de elaboración en el proceso de su transformación y finalmente de su uso.

Razones para su implementación

Existen razones para la implantación de una nomenclatura única a ser utilizada como lenguaje económico internacional, empleada por los usuarios de la producción en los intercambios de bienes transportables o mercancías.

Entre estas razones se pueden citar:

  • (i) Facilitación de las actividades de los usuarios, al codificar cada mercancía en una sola clave o posición aceptada y reconocida universalmente.
  • (ii) Identificar con precisión lo que se compra, o lo que se vende y a quién (importadores, exportadores, medios de transporte, países con los que se negocia, precios de importación, exportación, tributos a pagar, medidas comerciales relacionadas, aduanas de entrada o salida, etcétera).
  • (iii) Presupuestos y determinación de autorizaciones previas como condiciones de la importación (derechos de aduana, impuestos indirectos, prohibiciones o contingentes, especificaciones diversas a cumplir, medidas de carácter comercial, Etc.)

Características del Sistema Armonizado

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, se trata de un catálogo internacional de designación de mercancías clasificadas sistemáticamente, con las siguientes características:

  • Técnicamente neutro, completo y cerrado;
  • Fundamentado jurídicamente en seis reglas generales interpretativas, textos de partidas y subpartidas y en sus notas legales de sección, capítulo y subpartida;
  • Aplicable uniformemente a nivel mundial;
  • Fácilmente comprensible para el usuario;
  • Con la precisión necesaria para poder ser utilizado con fines arancelarios y otros (“polivalente”);
  • Flexible para que pueda ser utilizado según el nivel de desarrollo de los países usuarios;
  • Define las mercancías por sus características tecnológicas (en algunas partes de la nomenclatura, el elevado tecnicismo requerirá un esfuerzo suplementario de instalaciones de laboratorios de aduanas y de preparación de personal técnico, lo que requerirá una dosis mayor de asistencia técnica a algunos países).
  • Cita expresamente a la gran parte de mercancías o bienes transportables en el comercio internacional en textos claros y completos, evitándose al máximo su complementación con referencia a notas legales que, en otras ocasiones, han sido inevitables;
  • Cada agrupación de cifras de los códigos numéricos tiene un valor significativo, identificado unívocamente a una mercancía o grupo de mercancías;
  • Va complementado por textos con la interpretación oficial del CCA denominados “Notas Explicativas de la Nomenclatura estructurada del Sistema Armonizado” (Comunidad Andina, 2016);
  • Está elaborado de forma que la inclusión ulterior de nuevas subpartidas no alterará la estructura del conjunto; y,
  • Las Secciones conservan en general la estructura y redacción actual en la Nomenclatura del CCA, con la salvedad de que quedan reducidas a XXI al englobarse los objetos de arte, colección y antigüedad en capítulo 97 dentro de la Sección XX: Mercancías y productos diversos y a nivel nacional se incluye el Capítulo 98 referente a mercancías con tratamiento especial. (Guayasamin, 2017)

1.3.2 Ámbito de aplicación

El SADCM al constituir un catálogo de mercancías clasificadas sistemáticamente que será la base de las nomenclaturas de mercancías utilizadas a nivel mundial con fines muy diversos, interesa principalmente a:

  • Productores o fabricantes de las mercancías;
  • Comerciantes;
  • Importadores y exportadores;
  • Transitarios y comisionistas y agentes de aduanas;
  • Transportistas;
  • Funcionarios de aduanas, encargados de la clasificación arancelaria de las mercancías (clasificación de las mercancías en la partida o subpartida del Arancel de Aduanas a efectos de determinar el derecho de Aduanas aplicable) y a los Organismos reguladores de Comercio Exterior, encargados de conceder las licencias de importación o de exportación;
  • Estadísticos del Comercio Exterior, de la producción y de los transportes;
  • Cuantos, de un modo u otro intervienen en el Comercio Internacional: bancos, compañías de seguros, empresas especializadas en estudios de mercados, “consulting”, fiscalidad, inversiones, etcétera; en fin, a todos los usuarios que de una u otra forma han de tratar datos relativos a las mercancías y que se encuentren interesados en la elaboración de un Sistema compatible de designación de mercancías y de una codificación numérica de sistema descriptivo.

Importancia de su utilización

¿Por qué se hace necesario conocer o saber clasificar correctamente las mercancías en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías?; ¿Qué ventajas se encuentra en ello?; ¿A nivel empresarial cuáles son los beneficios que se obtienen al ubicar exactamente a una mercancía en una posición arancelaria?; porqué el sector aduanero investiga la posición que le corresponde exactamente a una mercancía dentro de la Nomenclatura?. Detrás de todas las inquietudes que se podrían generar al respecto, sin duda que existe un sinnúmero de ventajas para los medianos, pequeños y grandes empresarios del mundo, para el sector aduanero de cada país; y para las agrupaciones comerciales a nivel mundial; el uso incorrecto de esta norma mundial, podría traducirse en pérdidas, demoras, contratiempos, incumplimiento de disposiciones de carácter aduanero, que pueden repercutir notoriamente en los procesos productivos y en las economías de las empresas; y, restarles competitividad a la producción de determinados bienes y a su ubicación en los mercados internacionales; complementariamente, se puede generar resultados distorsionados en las estadísticas y equivocaciones en la toma de decisiones económicas relacionadas con la Nomenclatura.

Uso adecuado del SADCM

La correcta aplicación del SADCM en las actividades diarias que implican importaciones y exportaciones, inobjetablemente que conlleva a obtener resultados positivos en la ejecución de la gestión aduanera; entre estos beneficios se pueden citar:

  • El pago correcto de tributos (Derechos Arancelarios, Impuestos a los Consumos Especiales, Impuesto al Valor Agregado, Etc.);
  • Pago correcto de medidas de carácter comercial, antidumping, etcétera;
  • El cumplimiento de licencias Previas o de documentos de acompañamiento para la importación o exportación de mercancías, emitidos por diversas instituciones públicas reguladoras del Comercio Exterior de los países miembros;
  • Aplicación de la regla de origen específica que permita que la mercancía se acoja a un trato arancelario preferente, según la agrupación comercial de la cual sea miembro;
  • Que se aporte información real para la estructuración de la balanza comercial;
  • Asegurar que la mercancía llegue sin retrasos, ni contratiempos:
  • Que se genere en forma exacta las estadísticas de comercio exterior;
  • Que se logre la restitución de tributos por la exportación de mercancías que se acogen a determinados regímenes especiales; y,
  • La ejecución y estudios de proyectos destinados a la construcción de grandes estructuras productivas generadoras de desarrollo en los países a nivel mundial.

Uso inadecuado del SADCM

El aplicar en forma incorrecta el SADCM, conlleva a situaciones complicadas para el sujeto pasivo, ya que significa que no se está aplicando la ley en forma que esta determina, se debe considerar que esta nomenclatura se encuentra debidamente publicada en el Registro Oficial del País, lo que conlleva a su aplicación obligatoria, tal y como está expresada en la norma aduanera, y su errónea aplicación origina:

  • Posible cometimiento de delito aduanero;
  • Defraudación al fisco en el importe de los derechos arancelarios; proporcionalmente en los impuestos especiales (IVA, ICE, e impuestos establecidos por los gobiernos.), con las consecuencias tributarias que esto representa;
  • Las mercancías pueden quedar retenidas en la Aduana; ser reembarcadas; abandonadas o decomisadas; y,
  • Al ser el importador o exportador el responsable legal de que la clasificación de sus mercancías puede verse involucrado en actos de defraudación aduanera.

Conclusiones

Mediante el uso de la nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, se busca clasificar correctamente una mercancía, es decir, buscar una partida o código arancelario que ubique a la mercancía en una y sólo una posición dentro de la estructura de esta nomenclatura, se deberá buscar una partida, subpartida o código arancelario que se identifique con la descripción de la mercancía; y, que se encuentre en estrecha relación con ella, lo que permitirá la clasificación de las mercancías.

Estas nomenclaturas facilitan la gestión del comercio internacional, ya que el desarrollo comercial sería complicado si cada país dispusiese de un código arancelario distinto y obligase a su utilización en las transacciones internacionales.

La nomenclatura de hecho ha ido evolucionando en función de la tendencia que tiene el comercio internacional y el desarrollo de la tecnología y siempre ha estado orientada a introducir un sistema de clasificación de mercancías que presentase uniformidad y reconocimiento a nivel internacional.

De hecho la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, sirve para la estructuración de Nomenclaturas a ser utilizadas en diferentes agrupaciones comerciales, sirve de base para que cada país genere sobre ellas su arancel de aduanas o arancel de importación, en el cual cada país refleja su política económica y social que persigue cada gobierno.

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