Cuatro años le tomó a la Asamblea Nacional tramitar y aprobar el nuevo Código de Comercio. El proyecto pone al día, y adecua la normativa a las actuales exigencias y al dinamismo de la actividad comercial nacional e internacional, luego de 113 años de vigencia de norma que fuera dictada en 1906.
El documento, que en las próximas horas será enviado al Ejecutivo para su sanción uobjeción, ya tiene reparos por parte de los asambleístas Henry Kronfle (PSC) y Gabriela Larreategui (SUMA), quienes desde ya piden un veto parcial a la normativa aprobada.
“El Código tiene más cosas buenas que malas, por eso votamos por su aprobación, pero ahora esperamos que el Ejecutivo vete los aspectos que no están bien”, sostuvo Kronfle. A él le preocupa la incorporación de normas sobre la Aviación Civil porque podría haber ciertos conflictos de interpretación sobre las regulaciones que tiene la nueva normativa con el Código de Aviación; las regulaciones en fletes y transportes interprovinciales para empresas que se tienen que subcontratar; el hacer comercio vía telefónica sobre un tema no financiero en la banca se pida una autorización a través de un medio electrónico, es decir, que exista un texto aprobando lo que se acordó vía telefónica.
Por su parte, la asambleísta Gabriela Larreátegui considera que hay un error en el tema de la facturación electrónica, en donde se establece que será el Servicio de Rentas Internas (SRI), que no solo que determinará que la factura es válida, sino que además va a controlar las transacciones que se hagan con facturas electrónicas. “Me parece que el SRI no es la entidad que se encargue de eso, y debería ser una entidad privada, tal como es la Bolsa de Valores con las acciones”, afirmó.
En lo positivo, dinamiza las transacciones para intercambios en mercados transparentes; incorpora el comercio electrónico, que incluye la regulación del nacimiento de los contratos por estos medios; agrega nuevos contratos mercantiles: los de franquicias, sistemas de distribución, servicios mercantiles, provisión de bienes y servicios, la transferencia de empresas.
Regula y consolida el arriendo mercantil y el arrendamiento con opción de compra al final del contrato (leasing); moderniza la figura de contrato de seguros, da mayor valor a la costumbre mercantil, protege derechos del consumidor. Permite la contabilidad en medios electrónicos, elimina las prohibiciones para mujeres y adolescentes para ejercer comercio.
Además, se adapta a las necesidades mercantiles actuales; propicia la equidad, justicia, simplicidad y modernización de la contabilidad; se da libertad de actividad comercial, transparencia, buena fe, licitud de la actividad comercial, responsabilidad social, ambiental y comercio justo.
En materia de seguros se establece una relación más ágil entre asegurado y asegurador. Ejemplo, si mañana alguien quiere tener un seguro y busca un asegurador, el simple contacto o el simple acuerdo verbal ya formaliza que tenga un seguro. La obligatoriedad que pasadas 48 horas, las partes firmen el contrato, donde el asegurado sabe que está asegurado en tantas cosas y la asegurador tiene tantas responsabilidades.
Ejecutivo
30 días para pronunciarse
De acuerdo con la normativa constitucional y legal, una vez que el presidente de la República, Lenín Moreno, reciba el proyecto de ley aprobado por la Asamblea, tendrá 30 días de plazo para sancionar u objetar la normativa aprobada. Si hay un veto parcial, el texto regresa a la Legislatura para que en un plazo de 30 días se allana o insista en los textos que aprobó el pleno.
El contexto
Aprobación. Los 1.348 artículos, cuatro disposiciones generales, una disposición transitoria, una reformatoria y las seis derogatorias que tiene el nuevo Código de Comercio tuvieron una votación promedio de 118 votos a favor de los asambleístas de todas las bancadas legislativas.
FUENTE: DIARIO EL EXPRESO (EC)