Ley da opción a los emprendimientos que se encuentran en crisis

En 2011, el emprendedor ecuatoriano Remigio Salazar desarrolló Baarrie, una marca de barras de cereal con frutas deshidratadas. Inicialmente invirtió $ 32.000 que destinó para maquinaria, utensilios, producción y menaje para la planta.

Los recursos fueron generados tras la venta de dos automóviles y el negocio facturaba entre$ 60.000 y $ 80.000 mensuales. Generaba empleo directo para cerca de 39 personas e indirecto para unas 80 familias. El producto era entregado a las escuelas estatales, es decir, era 100% desarrollado para el Gobierno Nacional, indica Salazar.

Sin embargo, el negocio empezó a marchar mal por un tema de plazos. “El proceso tardaba cerca de 60 días, durante los cuales el Gobierno se comprometía a dar un anticipo, pero nunca se entregaba a tiempo, entonces, para cuando se cumplía la totalidad del contrato, recién nos daban el anticipo”.

La situación generó un hueco financiero en el emprendimiento. Luego de tres años y medio el negocio cerró. El proceso de liquidación fue “bastante engorroso”, dice Salazar.

Para liquidar el negocio debían terminar los compromisos con los proveedores, a los cuales, en unos casos, no pudieron cumplirles por no contar con capital.

Acordaron con algunos efectuar el pago con la maquinaria del negocio. El proceso de liquidación tomó casi dos años y no volvió a emprender debido a que mantiene deudas hasta la fecha.

Para este y otros casos similares, la Ley de Emprendimientos e Innovación —aprobada por la Asamblea Nacional el 7 de enero pasado y que aún espera el veto del Ejecutivo— plantea en el capítulo VIII la opción de Reestructuración de Emprendimientos.

La normativa establece parámetros para negocios en etapa de crisis y ofrece al microempresario la posibilidad de generar otro negocio.

Karina Jara, coordinadora de Área de la Alianza para el Emprendimiento e Innovación (AEI), señala que en el país no había un marco normativo favorable para el emprendimiento. A eso se suma una excesiva tramitología, costos y tiempo tanto para abrir como para cerrar un proyecto, en el caso de que este fracasara.

Este capítulo de la norma busca crear las condiciones para que los emprendedores que no tienen éxito en sus negocios puedan cerrarlo honrando sus deudas.

Además establece que durante el proceso estén acompañados de alguien que los oriente en la negociación con sus acreedores y que no quiebren sino que, por el contrario, puedan reemprender en ese mismo negocio o en uno nuevo.

De acuerdo con la normativa propuesta, el proceso se debe solicitar ante la Superintendencia de Compañía, Valores y Seguros o la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Cada organismo emitirá las normas necesarias para la aplicación del procedimiento.

Actualmente un inconveniente —acota Jara— es que no todos los negocios en crisis pueden honrar sus deudas de forma organizada porque no cuentan con un acompañamiento formal y un tiempo prudente.

Al respecto, una de las bondades de la nueva ley, según Víctor Anchundia, superintendente de Compañías, Valores y Seguros, es buscar que quien se aventure en los negocios llegue a acuerdos con el acreedor. Por ejemplo que no cobre totalmente su acreencia, que la renueve, que cobre menos intereses o incluso que pase de acreedor a un inversionista más.

La ley plantea también una serie de limitaciones para evitar un conflicto de intereses y que los inversionistas, accionistas o familiares hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del emprendedor no se beneficien siendo considerados como acreedores en caso de pérdida.

FUENTE: DIARIO EL TELEGRAFO

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