El Comité de Comercio Exterior (COMEX) emitió la Resolución No. 011-2025, mediante la cual se aprueba el incremento del contingente arancelario para la importación de alambrón de acero con características especiales, pasando de 13.200 toneladas a 17.200 toneladas, con vigencia hasta el 11 de noviembre de 2025.
📌 Antecedentes clave:
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En 2019, mediante la Resolución 027-2019, se autorizó inicialmente un cupo de 13.200 toneladas.
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En 2023, con la Resolución 002-2023, se reformó el Arancel Nacional incorporando la Séptima Enmienda del Sistema Armonizado.
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En junio de 2025, se abrieron nuevas subpartidas arancelarias para el alambrón: 7213.91.90.00 y 7227.90.00.00.
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Según el informe técnico del Viceministerio de Producción e Industrias, esta medida responde a una demanda insatisfecha del sector metalmecánico nacional, que enfrenta altos costos de producción.
🏭 Productos incluidos:
El beneficio aplica para el alambrón de acero con características “especiales” clasificado en las siguientes subpartidas:
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7213.91.10.00
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7213.91.90.00
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7213.99.00.00
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7227.10.00.00
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7227.20.00.00
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7227.90.00.00
📋 Condiciones de aplicación:
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El nuevo cupo de 17.200 toneladas estará vigente hasta el 11 de noviembre de 2025.
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El Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones e Industria continuará administrando el contingente mediante canales electrónicos habilitados.
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En caso de exceder el contingente autorizado, se aplicará el arancel general vigente según el Arancel del Ecuador.
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El beneficio no exime del cumplimiento de otras normativas legales o reglamentarias relacionadas con la importación.
🛃 Órganos responsables:
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SENAE: se encargará de aplicar correctamente la tarifa arancelaria.
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Ministerio rector de la política industrial: continuará con la administración del contingente.
📅 Vigencia:
La resolución entra en vigencia desde el 29 de agosto de 2025, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente: Pleno del COMEX